Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1160/2012
Fecha: 06-Sep-2012
II.1.
II.1. Auto de 22 de marzo de 2010, emitido por el Juez Primero de Instrucción cautelar de Quillacollo, mediante el cual se conminó al Fiscal de Materia para que en el plazo de cinco días a partir de su legal notificación, emita la correspondiente solicitud conclusiva o en su caso acusación formal, advirtiendo que de no hacerlo el Juez de oficio declararía extinguida la acción penal (fs. 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su carácter subsidiario
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR