SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1166/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1166/2012

Fecha: 06-Sep-2012

a)

El accionante por su representado, ratificó el memorial de su demanda en su integridad y amplió el mismo manifestó en audiencia que: a) Lorenzo Bazán Medina, llevó una vida de trabajo y sacrificio producto del cual logró ahorrar y comprar el lote de terreno afectado, es así que el 1 de julio de 2010, un día antes que los avasalladores ingresen en el predio, realizaba la limpieza del mismo, toda vez, que éste se encontraba embardado, sin embargo, al día siguiente, a altas horas de la noche; b) Los avasalladores “que se encuentran actualmente asentados” (sic), no permitieron que su patrocinado ingrese o se acerque por el lugar, mediante “disparo de petardos, se aglomeran y se amontonan para impedir que el propietario haga su ingreso” (sic); llegando inclusive al extremo de haber disparado un arma de fuego, con el único fin de amenazar, amedrentar y despojar del derecho propietario; c) En el muestrario fotográfico se demostró que los loteadores, ingresaron con carpas y calaminas rústicas donde “montan algunas tablas” (sic); y, d) El art. 1 de la CPE, establece que estamos en un Estado de Derecho, donde los ciudadanos se someten a la ley, y no pueden haber abusos e injerencia ni de particulares ni de funcionarios públicos, en ese sentido solicita la tutela impetrada, ya que es fundamental restablecer el derecho a la propiedad, mismo que conlleva otros derechos que fueron vulnerados.