Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1234/2012
Fecha: 07-Sep-2012
II.3.
II.3. El 1 de diciembre de 2011, el Banco Fie S.A. certifica que María Villarroel Espinoza, tiene deudas directas con la entidad, con la garantía hipotecaria de un vehículo marca: Nissan, clase: Camión, tipo: Cóndor, modelo: 1997, color: blanco combinado, chasis MK251K20285, motor FE6-400699D, póliza 80320180 y placa de circulación 2051TGN (fs. 80).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concediendo
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. De la acción de libertad
- III.2. Sobre el señalamiento de audiencia de acción de libertad
- III.3. La obligación del Juez de Instrucción en lo Penal de ejercer el control de la investigación
- III.4. Análisis del caso concreto
- con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- REVOCAR