SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1246/2012
Fecha: 17-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia como lesionados sus derechos al debido proceso y a la defensa, así como a los principios constitucionales de legalidad y seguridad jurídica, puesto que los demandados en el Auto de Vista 94/2010 de 25 de marzo, redujeron indebida y arbitrariamente el plazo procesal de tres días para interponer el recurso de compulsa previsto en el art. 285.I CPC, debiendo haber aplicado la regla legal de interpretación sistemática de los arts. 140.I, 152 y 285.I del CPC, que indican que el plazo procesal establecido en días, inician su cómputo al día siguiente de la notificación y vencen el último momento hábil del día respectivo. En consecuencia corresponde determinar en revisión si los extremos demandados son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del debido proceso y el derecho a la defensa
- Fragmento 12
- III.3. Del principio de legalidad
- III.4. Del principio de seguridad jurídica
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR