SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1254/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1254/2012

Fecha: 19-Sep-2012

El derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado

Empero, a efectos de su protección inmediata de este derecho a través de la acción de amparo constitucional, este derecho debe estar debidamente acreditado, sin que pese sobre éste litigio alguno que pueda ser ventilado a través de la justicia ordinaria, así lo tiene establecido SC 1681/2011-R-de 21 de octubre, al respecto a la procedencia de la acción de amparo constitucional cuando se trata de la lesión al derecho de propiedad privada sea por despojo o avasallamiento en su posesión a través de actos o medidas de hecho , debiendo para el caso concurrir dos supuestos: ”…1) El derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado; y, 2) La evidencia, tampoco controvertida, de que los demandados no estaban en posesión del bien inmueble sino que con acciones violentas (de hecho) ocuparon la propiedad privada de los accionantes, esto es, que el accionante debe acreditar plenamente su derecho de propiedad sobre el inmueble, cuya titularidad no esté cuestionada ni se encuentre en litigio; y que las personas a quienes se acusa de haber lesionado el derecho a la propiedad privada no tengan constituido legalmente el derecho posesorio, sino que a través de actos de hecho tomen posesión de la propiedad, despojando a sus verdaderos dueños…” (las negrillas nos corresponden).