SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1274/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1274/2012

Fecha: 19-Sep-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 15 de septiembre de 2008, Felisa Huanaco Santos interpuso interdicto de recobrar la posesión contra María Lourdes Ayala Ortiz y Mónica Chávez, proceso que fue resuelto por el Juez Séptimo de Instrucción en lo Civil sin haber verificado los requisitos de admisibilidad; sin embargo, el 26 de noviembre del citado año, se llevó a cabo la audiencia de inspección judicial en la cual su representado Ivar Aparicio Soto, intervino en calidad de propietario y puso en conocimiento de la autoridad demandada su derecho propietario; empero, la referida autoridad no tomó en cuenta lo alegado por su representado y de igual forma emitió la resolución declarando probada la demanda.

El 26 de marzo de 2009, su representado planteo apelación contra el referido fallo, resolviéndose por el Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial, quien el 8 de julio del referido año, confirmó la Resolución; en cuyo mérito la autoridad demanda, ordenó el desapoderamiento del inmueble, del mandante del accionante, orden que fue dejado sin efecto ante la interposición de varios incidentes pero por segunda vez nuevamente se libró el referido mandamiento, siendo notificado el 19 de abril de 2010; empero, el 20 del mismo mes y año, el Juez demandado de manera arbitraria dispuso que se libre mandamiento de desapoderamiento ordenando la entrega del inmueble de propiedad de su representado a favor de Felisa Huanaco Santos.

Finalmente, el 23 de abril de 2010, su representado interpuso oposición al desapoderamiento, misma que fue rechazada y por ende, interpuso recurso de apelación y no obstante que ante la existencia de un recurso pendiente no suspendió el mandamiento de desapoderamiento, mas al contrario, ordenó se dé cumplimiento.