SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1322/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1322/2012

Fecha: 19-Sep-2012

II.5.

II.5. La Actuaria Abogada del Juzgado Primero de Instrucción Mixto y cautelar de Llallagua, certificó que el ahora accionante, no interpuso ningún incidente de actividad procesal defectuosa, menos presentó recurso de apelación incidental contra la Resolución que dispuso su detención preventiva y tampoco solicitó la cesación de la misma (fs. 20).