SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1341/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1341/2012

Fecha: 19-Sep-2012

“En procesos o procedimientos propios de la administración, en los cuales se vulneren derechos y garantías constitucionales, tutelados por la Acción de Amparo Constitucional

Ahora bien, conforme se expresó en la presente acción, el accionante  considera el incumplimiento del Reglamento de Faltas y Sanciones Disciplinarias aprobado por RS 212414 de y por ende la vulneración de sus derechos a la defensa, a la presunción de inocencia y al debido proceso; consecuentemente, la intención del accionante al interponer la presente acción es que los demandados den cumplimiento con los     arts. 18 y 19 de la RS 212414, para tener la oportunidad de asumir defensa en el proceso disciplinario que se le sigue, alegando la vulneración de derechos que se encuentran tutelados por la acción de amparo constitucional; incurriendo en la causal establecida en el art. 66 inc. 4) del Código Procesal Constitucional (CPCo) que señala: “En procesos o procedimientos propios de la administración, en los cuales se vulneren derechos y garantías constitucionales, tutelados por la Acción de Amparo Constitucional”; razón por la cual el accionante debió activar la jurisdicción constitucional a través de la acción de amparo constitucional, para que puedan ser restablecidos sus derechos supuestamente lesionados.

Finalmente, por lo expuesto precedentemente y conforme lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2 -sobre las causales de improcedencia para dilucidar la acción de cumplimiento- de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional se establece que, la acción de amparo constitucional es el medio idóneo para que se pueda tutelar los derechos cuya vulneración alega.