Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1341/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.1.
II.1. Cursa la Resolución 01/2010 de 18 de octubre, del Auto inicial del proceso disciplinario, determinándose la suspensión provisional del denunciado con goce de haberes por el tiempo que dure el proceso, como medida precautoria en aplicación del art. 6 del Reglamento de Faltas y Sanciones Disciplinarias del Magisterio, personal Docente y Administrativo aprobado por la RS 212414; y el proveído de notificación de 18 de octubre de 2010, firmado por los miembros del Tribunal Disciplinario (fs. 6 a 7).
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Norma presuntamente incumplida
- a)
- 1)
- i)
- procedente
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Objeto y ámbito de protección de la acción de cumplimiento
- III.2. Diferencia entre la acción de cumplimiento y la acción de amparo constitucional por omisión
- Sobre las causales de improcedencia para dilucidar la acción de cumplimiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- “En procesos o procedimientos propios de la administración, en los cuales se vulneren derechos y garantías constitucionales, tutelados por la Acción de Amparo Constitucional
- REVOCAR