SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1374/2012
Fecha: 19-Sep-2012
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
La Jueza Décima de Instrucción en lo Penal, en audiencia señaló que el 2 de junio de 2010 se presentó ante el juzgado sexto de instrucción penal, el referido proceso, y que luego de excusas y recusaciones el 5 del mismo mes y año llegó a su juzgado, se resolvió la solicitud de medidas cautelares mediante Resolución 333/10 de 5 del indicado mes y año, la defensa observó aspectos relacionados a la violación de derechos, por lo que dispuso presente el incidente por separado, corrido en traslado, el incidente fue respondido por Prudencio Flores, Fiscal indicando que “Oblitas” habría sido recusada, el día de la audiencia, dicha fiscal se presentó y solicitó la suspensión de la audiencia, porque habría sido recusada, empero, el cuaderno ya había sido remitido, por lo que se llevó a cabo la audiencia.
Con la Resolución 360/10 se notificó al Fiscal de Distrito el 19 de julio de 2010, y en mérito a ello se asignó el caso penal a la ahora Fiscal accionante. Concluyó expresando que Aly Rosario Venegas, Fiscal necesitaba poder para presentar a nombre del Ministerio Público una acción de amparo constitucional, porque no se trata de una persona sino de una institución, asimismo la “Ley del Ministerio Público” (sic) justifica la asignación de fiscales como una manera de transparentar y llevar a cabo los procesos, así como cumplir con esos aspectos evitando susceptibilidades.
Aclaró que cuando "la Fiscal a respondido el incidente, nunca a dicho que yo había subsanado mandando a sorteo, entre la prueba que a ofrecido y que yo de oficio lo he conocido por que estaba dentro del cuaderno de investigaciones, no estaba esa nueva asignación, el proceso se a asignado después de que yo he notificado a la Fiscalía de Distrito y se ha asignado a un fiscal anticorrupción” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- III.2. Respecto a los incidentes y su apelación incidental
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º