SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1463/2012
Fecha: 24-Sep-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Afirma que fue aprehendido ilegalmente por familiares de dos menores de edad, quienes le habían citado a las inmediaciones de las calles Loayza, encontrándose allí, lo acusaron de haber cometido en “delito de violación” (sic), conduciéndolo a las oficinas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), donde les indicaron que debían realizar las acciones legales a través de una denuncia ante la Fiscalía o la Policía.
Indica que estos hechos no se encuentran desarrollados en la Resolución de imputación formal emitida por el Fiscal de Materia, Genaro Quenta Fernández, y en audiencia de medidas cautelares, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, mediante Resolución 211/2012 de 30 de marzo, dispuso su detención preventiva. Sin haber considerado la ilegalidad en su aprehensión, toda vez que no había flagrancia.
Agrega, que nunca cometió el delito de estupro, menos hubo flagrancia, toda vez que a solicitud de las supuestas víctimas, en fecha 27 de marzo de 2012, el ahora accionante, las alojó en su domicilio, y cuando retornó de su trabajo, ellas ya se habían marchado, dejando una nota de agradecimiento por la gentileza.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- “denegando”
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- Al haber privación de libertad y evidente negligencia o dilación por parte de las autoridades que rigen la actividad procesal penal,
- III.3. Eldebido proceso y su relación con el derecho a la libertad
- mediante Resolución, dispuso su detención preventiva. Dicha resolución fue apelada en audiencia el 30 de marzo de 2012, y hasta el 22 de junio del mismo año, fecha de presentación de la presente acción, el Juez de Instrucciónahora demandado no remitió los antecedentes al tribunal de alzada para la Resolución del recurso de apelación.
- 2º CONCEDER