SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1499/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1499/2012

Fecha: 24-Sep-2012

1)

Edgar Hermógenes Patana Ticona, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, presentó informe escrito cursante de fs. 131 a 134 vta., manifestando lo siguiente: 1) El accionante no ha cumplido la observación realizada por el Juez de garantías, toda vez que, en su memorial de 22 de diciembre de 2010, solo el abogado Henry Pérez Oxa, presentó memorial sin acompañar poder especial que le acredite ser apoderado del accionante; 2) El accionante interpuso la acción de amparo contra el referido alcalde de El Alto; Marcelo Carrasco Agudo, Director de Gestión y Capital Humano y Patricia Karina Flores Chávez, Asesora Legal de la Dirección de Capital Humano, quienes jamás emitieron memorándum de agradecimiento de servicios; en consecuencia, carecen de legitimación pasiva; 3) Activado los recursos administrativos, previstos por la Ley de Procedimiento Administrativo y reconocidos por la Ley de Municipalidades, estas debieron ser agotadas por el accionante, antes de la presentación de la acción de amparo constitucional; y, 4) El accionante firmó el agradecimiento de sus servicios el 16 de agosto de 2010, cuando en realidad recibió el memorándum el 13 del mismo mes y año, admitiendo de esta manera la conclusión de la relación laboral, al haber incluso prestado su declaración jurada, ante la Contraloría General por dejación de cargo la fecha antes indicada, solicitando además certificado de trabajo.