Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1526/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.7.
II.7. Mediante oficio 756/12 de 28 de julio de 2012, la Jueza Segunda de Instrucción Mixta, ordena al Director de la carceleta pública de Montero, reciba a los imputados para posteriormente ser trasladados con las debidas escoltas al Juzgado Segundo de Instrucción Mixto, para la audiencia de consideración de medidas cautelares, consignando como fecha de audiencia el “domingo 28 de julio de 2012”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. De la detención ilegal o indebida
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR