Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1584/2012
Fecha: 24-Sep-2012
I.2.1. Ratificación y aclaración de la acción
La accionante, mediante su abogado, ratificó los términos de la acción tutelar presentada, aclarando que la solicitud de la accionante, es que se mantenga subsistente los fallos emitidos dentro del proceso familiar, con la modificación de otorgar la asistencia familiar a su favor; además de señalar, que las normas de cualquier rama del derecho tiene normas facultativas e imperativas y el art. 389 del CF, ordena de manera imperativa al Juez, que fije la asistencia familiar mientras dure el litigio; aun existiendo cosa juzgada; Si existe una ilegalidad, el Tribunal de garantías puede determinar lo que corresponda.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y aclaración de la acción
- I.2.2. Informe delasautoridadesdemandadas
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- el recurrente debe fundamentar en su recurso, ahora acción, los siguientes aspecto: '1. (…) por qué la labor interpretativa impugnada resulta insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda o ilógica o con error evidente, identificando, en su caso, las reglas de interpretación que fueron omitidas por el órgano judicial o administrativo, y 2. Precise los derechos o garantías constitucionales que fueron lesionados por el intérprete, estableciendo el nexo de causalidad entre éstos y la interpretación impugnada; dado que sólo de esta manera la problemática planteada por el recurrente, tendrá relevancia constitucional´
- que el demandante o accionante debe invocar y fundamentar cuáles fueron las infracciones a las reglas de la interpretación admitidas por el derecho; (…) pues no ha expresado con precisión las razones que sustentan su posición, ni identificó con claridad qué criterios o principios interpretativos no fueron empleados o fueron desconocidos por las autoridades judiciales demandadas'
- Establezca el nexo de causalidad entre la ausencia de motivación, arbitrariedad u otra situación absurda, por no aplicar la interpretación que considera debió efectuarse, y los derechos y/o garantías que conforman el bloque de constitucionalidad, y que han sido lesionados con dicha interpretación, explicando sí el resultado, cuál la relevancia constitucional´
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegar
- CONFIRMAR