Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1609/2012
Fecha: 24-Sep-2012
el derecho al trabajo se entiende como
SC 0571/2010-R de 12 de julio, que el derecho al trabajo se entiende como un: '…Derecho de naturaleza social y económica que significa la potestad o derecho que tiene toda persona según su capacidad y aptitudes, a buscar un trabajo, postularse o acceder al mismo, y mantenerlo, claro está de conformidad a las circunstancias y exigencias del mismo, y según el orden normativo que lo regula, de tal manera que en base a este derecho quien desarrolla la actividad física o mental pueda procurarse su propia manutención como la de su familia, para subsistir en condiciones mínimas de dignidad humana'.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- Fragmento 5
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- el derecho al trabajo se entiende como
- '
- I.
- a todas las personas
- III.3. La protección constitucional del derecho a la vida del ser en gestación de padres progenitores en su calidad de servidores públicos
- Las mujeres no podrán ser discriminadas
- 'Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que: 1.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR