AUTO CONSTITUCIONAL 0004/2013-CA
Fecha: 21-Ene-2013
rechazó
Mediante RM 807/09 de 14 de octubre de 2009, cursante de fs. 1 a 2, el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, rechazó el recurso incidental de inconstitucionalidad, con los siguientes fundamentos: 1) El recurrente no hizo referencia a los motivos, por los que considera que los arts. 55, 56 y 57 del DS 0071 contravienen los arts. 115, 116 y 410 de la CPE; y, 2) Del análisis del incidente se colige que, se trata de una impugnación a las competencias o atribuciones del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social a través del Viceministerio de Empleo, Servicio Civil y Cooperativas para conocer y resolver los recursos interpuestos por aspirantes o por servidoras o servidores públicos, siendo por tanto un pedido de control de legalidad, dado que la naturaleza de este recurso prevé las presuntas colisiones de normas inferiores con la Constitución Política del Estado y no así de Decretos Supremos con leyes como en el aparente caso, al tratarse de una impugnación a las competencias o atribuciones del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, la acción idónea es el recurso directo de nulidad.
- Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Requisitos de admisibilidad
- II.5. Análisis del caso concreto
- recurso directo de nulidad
- APROBAR