Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El presente voto disidente, en relación a la SCP 0093/2013 de 17 de enero, plasma la divergencia en criterio por la siguiente razón:
Fecha: 17-Ene-2013
2. Antecedentes con relevancia constitucional para la presente disidencia
· El ahora activante del control normativo de constitucionalidad en su faceta concreta, el 17 de julio de 2012 interpuso demanda contenciosa tributaria de prescripción contra el SIN Regional Potosí, impugnando la Resolución Determinativa 1700000157-12 de 25 de junio, acto administrativo-tributario que establecía una supuesta deuda tributaria por concepto de Impuesto a las Utilidades de las Empresas (fs. 24-25y 26 vta.).
- Partes:
- 1. Objeto del presente voto disidente y líneas argumentativas diferenciales
- 2. Antecedentes con relevancia constitucional para la presente disidencia
- 3. El diseño orgánico del Estado Plurinacional de Bolivia
- los cuales, al encontrarse insertos en la parte dogmática de la Constitución, irradiarán de contenido a la parte orgánica de la norma suprema y también al orden infra-constitucional y a los actos de la vida social, para consolidar así el valor esencial y fin primordial del Estado Plurinacional de Bolivia, que es el “vivir bien”.
- 3. La acción de inconstitucionalidad concreta y la inexistencia de ámbitos exentos del control de constitucionalidad
- en un Estado Constitucional de Derecho, como es el caso del Estado Plurinacional de Bolivia, no pueden existir ámbitos exentos al ejercicio del control de constitucionalidad,
- Es decir, considerando el nuevo contexto constitucional cuando se hace referencia a la acción de inconstitucionalidad concreta, corresponde interpretar el término proceso en su vertiente más amplia que abarca y conglomera a procesos y procedimientos judiciales y administrativos,