Sentencia Constitucional Plurinacional: 0003/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional: 0003/2013

Fecha: 03-Ene-2013

a)

Se declara la constitucionalidad del art. 28.I.2 de la Ley de Juegos de Lotería y de Azar, como consecuencia de un proceso hermenéutico, y en el cual se llega a la conclusión de que dicha norma al establecer: a) El comiso definitivo de la máquina y/o medio de juego; y, b) La multa de UFVs5 000.- (cinco mil unidades de fomento a la vivienda), no vulneraría el principio del nom bis in ídem, ello porque el primer elemento, disciplina una medida de policía; y el segundo, elemento constituiría una sanción administrativa; sin embargo, no se considera que los fines y la génesis de las medidas de policía y las sanciones administrativas son diferentes.

De lo señalado y volviendo al análisis de la norma impugnada de inconstitucional, ésta ha previsto que las transgresiones a las disposiciones contenidas en la Ley de Juegos de Lotería y de Azar constituyen infracciones, precisando en el numeral 2 del parágrafo I, cuales son las infracciones graves y las enumera señalando: “a) La instalación de máquinas o de cualquier otro medio de juego que no sean autorizadas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego; b) La utilización de máquinas u otros medios de juego que se activen u operen con dinero de curso legal nacional o extranjero; c) Desarrollar actividades de juego de lotería o de azar sin la licencia otorgada por la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego; y, d) Desarrollar juegos no permitidos o prohibidos por la presente Ley”. Estas infracciones serán sancionadas con el comiso definitivo de la máquina y/o medio de juego y multa de UFVs5000.- (cinco mil unidades de fomento a la vivienda) por máquina o medio de juego; asimismo, determina una disposición de ejecución de la resolución sancionatoria disponiendo que las máquinas y/o medios de juego con comiso definitivo serán subastados públicamente por la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego a operadores; aquellas máquinas y/o medios de juego que no cumplan los requisitos de funcionamiento serán destruidos.