SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2013-L
Fecha: 08-Ene-2013
procedente el recurso
La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 12/2011 de 30 de abril, cursante de fs. 76 a 79 vta., declaró “procedente el recurso” de acción de libertad, otorgando la tutela constitucional, disponiendo lo siguiente: “1.- Anular la audiencia de apelación de medida cautelar de fecha 28 de abril de 2011, dictada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia. 2.- Ordenar al Pleno de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia, renueve el acto de apelación de medida cautelar, dentro del plazo de 48 hrs. De concedida la presente Resolución. 3.- Se pronuncie en forma clara y expresa en estricto cumplimiento de los arts. 233, 234, 235, 236 y 124 del Código de Procedimiento Penal. 4.- Se deja constancia que el hoy accionante se mantiene con detención preventiva, hasta entretanto los Sres. Vocales renueven el acto” (sic), con los siguientes fundamentos: 1) Se ha llegado a evidenciar que la Resolución dictada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia, adolece de varias contradicciones; 2) El voto emitido por Edgar Carrasco Sequeiros, si bien hace una exposición de los elementos que han sido presentados por las partes; empero, no ingresa a señalar cual es el motivo de su voto, con relación a la otra autoridad Sigfrido Soleto Gualoa en su voto, no sustenta ningún elemento para sostener la autoría o participación del representado del accionante, tampoco identifica los riesgos procesales, aspectos que denotan que no ha habido una tutela judicial efectiva; y, 3) Las autoridades demandadas no han dictado una Resolución debidamente fundamentada y motivada, en los hechos como en el derecho, conforme manda el art. 124 del CPP, por cuanto se debió evaluar la labor realizada por el Juez si es correcta o no, identificando los elementos de probable autoría o participación.
- acción de libertad
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- procedente el recurso
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4 Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica, alcance y ámbito de protección de la acción de libertad
- 1)
- Fragmento 12
- y el derecho a la motivación y congruencia de las decisiones
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR