Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2013
Fecha: 03-Ene-2013
II.6.
II.6. De dos placas fotográficas cursantes en el expediente, se observan tubos que prueban y hace inferir que el tapón es reciente, de lo que se deduce el retiro del medidor de agua; sin embargo, no tienen ninguna interpretación o explicación que haga presumir alguna conclusión sobre las mismas (fs. 44).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El control tutelar de constitucionalidad y el resguardo a derechos fundamentales
- III.3. Los servicios básicos son derechos fundamentales
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR