Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2013
Fecha: 11-Ene-2013
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Las querelladas iniciaron una anterior acción penal por el delito de extorsión, coacción y amenazas contra el ahora accionante, tratándose del mismo dinero que el querellante reclama y al no demostrarse que los argumentos expuestos sean ciertos no puede abrirse una causa penal por delitos de apropiación indebida y abuso de confianza, considerando que el Juez a quo al desestimar la querella cumplió con las formalidades legales, el Tribunal a su cargo, valorando y analizando los antecedentes del proceso declaró admisible e improcedente la apelación incidental.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Derecho a la tutela judicial efectiva o acceso a la justicia
- III.2. El debido proceso y la exigencia de motivación y fundamentación de las resoluciones (jurisprudencia reiterada y consolidada)
- III.3
- CONFIRMAR