SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2013

Fecha: 23-Ene-2013

i)

María Cristina Amar Acuña, Concejal del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, a través de su abogado en audiencia señaló: i) Se adhirió al informe que hizo la abogada de los Concejales que lo precedieron; ii) En la suspensión del Concejal Néstor Estaca Larico se obró conforme a la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, producto de ello se emitió la Resolución 377/2012, por la cual se procede con la suspensión temporal; iii) La demandada Maria Cristina Amar Acuña carece de legitimación pasiva, toda vez que ella no participó en la aprobación de la Resolución 377/2012, conforme se desprende del acta de sesión ordinaria 49 de 27 de junio, donde ella no firma; iv) El 18 de julio de 2012, recién fue convocada para participar de las sesiones del Concejo, a través de la Resolución 444/2012, en ningún momento se lesionó, ni conculcó derechos constitucionales que alega el accionante; y, v) En cuanto a las solicitudes del accionante, ello fue considerado y el Concejo Municipal emitió la Resolución 443/2012 de 18 de julio.