AUTO CONSTITUCIONAL 0229/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0229/2013-RCA

Fecha: 10-Oct-2013

improcedencia

Por Resolución 020/2013 de 9 de septiembre, cursante de fs. 300 a 302 vta., la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró    la improcedencia de la acción de amparo constitucional por incumplimiento del art. 53.3 del Código Procesal Constitucional (CPCo), con los siguientes fundamentos:

En el caso que se dilucida, se demanda la falta de motivación y omisión en la valoración de la prueba en los informes dictados dentro del proceso coactivo fiscal, los que a criterio del accionante, le provocaron indefensión y dieron origen al pronunciamiento del dictamen de responsabilidad civil, que no serán motivo de análisis dentro del citado proceso.

Por consiguiente, la parte accionante no pretende dejar sin efecto la responsabilidad civil, sino asegurar un debido proceso dentro la auditoría gubernamental, extremo que no es motivo de estudio por parte del juez ordinario, razonamiento que fue desarrollado en la jurisprudencia glosada en esta Resolución.

En ese sentido, en la especie no se están demandando cuestiones que deban ser dilucidadas en un proceso coactivo fiscal, por el contrario, se está observando la lesión al derecho al debido proceso en un procedimiento administrativo autónomo seguido por la Contraloría General del Estado, aspectos que difieren del procedimiento ordinario, por cuanto corresponde a la justicia constitucional ingresar al análisis de fondo de lo demandado como única vía expedita para dicho efecto.

En tal sentido, ante la existencia de un procedimiento administrativo propio para la realización de una auditoría gubernamental, éste debe ser respetado y aplicado objetivamente, en virtud del art. 28 de la Ley de Procedimientos Administrativos (LPA), que estipula que su contenido debe constar de elementos esenciales del acto administrativo, entre ellos competencia, causa, objeto fundamento y finalidad; caso contrario, se estarían afectando derechos constitucionales de las personas.