AUTO CONSTITUCIONAL 0403/2013-CA
Fecha: 09-Oct-2013
I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
Por memorial presentado el 25 de octubre de 2012, cursante de fs. 25 a 29, la accionante señaló que, dentro del proceso laboral seguido por René Fernando Reyes Oliveira contra la Asociación Civil Universidad Nacional del Oriente, interpuso objeción de la demanda planteada, alegando que el demandante no indicó domicilio real; sin embargo, el Juez de la causa por Resolución de 3 de octubre del año antes mencionado, sin fundamento alguno la rechazó, por lo que planteó recurso de apelación paralelamente a la acción de inconstitucionalidad concreta, debido a que por determinación del art. 123 del CPT, “…las Resoluciones que dicte el juez ante una objeción de demanda se resolverán inmediatamente sin ulterior recurso” (sic).
- Juez Primero de Partido del Trabajo y Seguridad Social del departamento de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Respuesta a la acción
- infundada
- que procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- II.3. Análisis del caso concreto
- 1
- 2° Llamar severamente la atención