Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0405/2013-CA
Fecha: 11-Oct-2013
II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad de la última parte del art. 1 en especial de la frase: “…y otras disposiciones específicas para la administración de las finanzas públicas” (sic) y las Disposiciones Adicionales Decima Octava, Decima Novena y Vigésima de la LPGE-Gestión 2013 por conexitud del DS 1487 de 6 de febrero de igual año, por ser presuntamente contrario a los art. 56,57,115.II, 117.I, 119, 120, 158.11 159.6 y 178, 321.II y III y 410.I de la CPE; 11 y 17.1 y 2 de la Declaración Universal Derechos Humanos; 8.2, 21.1 y 22de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.II del PIDCP.