Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0405/2013-CA
Fecha: 11-Oct-2013
“no ha lugar”
Por Resolución AN-GRLPZ-LAPLI/71/2013 de 15 de abril, cursante a fs. 66, el Administrador a.i. de la Aduana Interior de la Gerencia Regional de La Paz de la Aduana Nacional de Bolivia, determino “no ha lugar” al incidente de inconstitucionalidad concreta fundamentando que la mercancía en la parte de la Recepción 201 2012 574809, cayó en abandono el 19 de febrero de 2013.