SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1158/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1158/2013-L

Fecha: 02-Oct-2013

1)

El abogado de los demandados en audiencia señaló: 1) En el acta de sesión de “la referida fecha” (sic) se advierte el criterio que cada concejal manejó, en el entendido que todos estuvieron de acuerdo con lo resuelto, a excepción de tres Concejales que no votaron por ese criterio; 2) No se sabe a qué personas se refieren como lesionadas, al desconocer un proceso penal por lesiones seguido contra uno de los Concejales, como tampoco se sabe de un proceso por robo instaurado contra éstos; 3) El accionante con carácter previo a interponer la acción debió acudir a la reconsideración, existen varias resoluciones municipales por las que el Alcalde y muchas personas fueron perjudicadas y acudieron al Concejo Municipal pidiendo se reconsideren y advirtiendo error en las mismas se pudo subsanar y evitar lesiones a derechos y garantías.