SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1187/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1187/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

i)

Bernardo Cruz Aragón, autoridad demandada, por intermedio de su abogado presentó informe escrito cursante de fs. 47 a 50 vta., manifestando lo siguiente: i) El accionante, evidentemente prestó sus servicios en el cargo de Administrador del Hospital Municipal del Torno, una vez analizados los antecedentes, se estableció que no se pudo dar curso a su reincorporación, porque el cargo que ocupaba es administrativo, inherente a la función del servidor público regulado por la Ley de Municipalidades; ii) El referido Hospital, no es una empresa municipal, ni estatal, de economía mixta, o de alguna otra naturaleza, su subsistencia está en función a recursos que son asignados a la Alcaldía por el Gobierno Central, directamente por recursos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), los mismos que si bien estarían garantizados para la gestión, podrían dejar de estar para la próxima, por lo tanto se suspendería el servicio; y, iii) La tutela constitucional no podría aplicarse al caso que nos amerita, puesto que aún el accionante no agotó todas las vías procesales administrativas que amparan su calidad de funcionario público regulado por la Ley del Funcionario Público.