SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1630/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1630/2013

Fecha: 04-Oct-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes denuncian que, el 15 de junio de 2011, Lourdes Ramírez Vedia -tercera interesada-, y otras personas, ingresaron al lado oeste de su lote de terreno, donde construyeron un edifico por las noches, ante esos hechos iniciaron el proceso de interdicto de recobrar la posesión contra la nombrada, a la conclusión del mencionado trámite, el Juez Décimo Primero de Instrucción en lo Civil y Comercial, dictó la Sentencia 25/12 declarando improbada la demanda, quien no hubiera valorado la prueba documental y testifical que aportaron, resolución que fue objeto del recurso de apelación siendo resuelto por el Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial, quien emitió el Auto de Vista de 14 de agosto de 2012, confirmando la resolución recurrida, argumentando que no se probaron los extremos expuestos en la demanda, valorando un Documento de desocupación del bien inmueble de 9 de mayo de 2009, suscrito por Daniel Zeballos Colque y Lourdes Ramírez Vedia, vulnerando de esa forma los arts. 607, 609 y 612 del CPC.