SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1639/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1639/2013

Fecha: 04-Oct-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Alegó que trabajaba en Televisión Universitaria (TVU) canal 11 dependiente de UMSS como “VTR (ENCARGADO DE PONER LOS VIDEOS Y MATERIALES AUDIOVISUALES AL AIRE)” (sic) y que fue despedido intempestivamente sin causal, justificación, ni previo aviso; además, no consideró que trabajó de forma ininterrumpida, desde 2 de noviembre de 2009 conforme el contrato laboral de plazo fijo 157/2009 hasta el 18 de abril de 2012, por lo que operó la tácita reconducción.

Refirió que por este motivo acudió al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, para reclamar su estabilidad laboral, habiendo ordenado su reincorporación inmediata; sin embargo, dicha reincorporación fue incumplida por el ahora demandado y que verificado el incumplimiento de la conminatoria MTEPS/JDTCBBA/No.005/2012 de 8 de junio, el citado Ministerio de Trabajo emitió informe MTEPS/JDTCBBA/INF. No. 444/12 de 16 de julio de 2012 en el que se corroboró mencionados extremos.

Concluyó señalando que su empleador le obligó a suscribir varios contratos, existiendo aparentemente interrupción laboral entre un contrato y otro, no obstante refirió que su persona no dejo de prestar sus servicios laborales desde la fecha de su contratación hasta el momento de su despido, en horarios rotativos distintos por semana de 6:00 a.m. a 1:00 p.m., de 12:30 p.m. a 7:00 p.m., de lunes a sábado.

Finalmente señaló “…que la UMSS desconociendo así todos sus derechos laborales adquiridos como Docente de Planta de San Simón dentro de una relación Laboral Perfecta y descrita precedentemente sin considerar el principio de Primacía de la Realidad, Indubio pro Operario sobre todo la condición más benéfica, en claro desconocimiento derechos laborales adquiridos…” (sic).