SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1690/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1690/2013

Fecha: 10-Oct-2013

i)

Marcelo Barrientos Díaz, Juez Cuarto de Partido de Familia del departamento de Santa Cruz, mediante informe escrito cursante a fs. 252 y vta.: i) La ahora accionante fue citada con la comisión instruida, por el Oficial de Diligencias del Juzgado de Instrucción Mixto de la Guardia, acto procesal que fue devuelto alegando que faltaría una foja importante de la misma; sin embargo; la comisión instruida está completa y es que se transcribe toda la demanda reconvencional; ii) El Juez Instrucción Mixto de la Guardia, actuó de acuerdo a procedimiento, legalizando hoja por hoja, cosa que no sucede con la hoja repetida; iii) La apertura de término probatorio se da sólo cuando existen hechos que probar, en el presente caso se trata de una citación practicada por funcionario del Juzgado de Instrucción Mixto de la Guardia, empero en la comisión instruida la demanda reconvencional está transcrita de forma completa; y, iv) El fallo fue apelado el 21 de septiembre de 2011, y concedido en efecto diferido, lo que hace improcedente la acción.