SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1700/2013
Fecha: 10-Oct-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El Fiscal de Materia está realizando actos dobles, repetidos y duplicados de inspección ocular, por cuanto pretender instalar doble persecución es poner en riesgo la vida de los dueños de casa y los niños que habitan el hogar, toda vez que el denunciante allanó el inmueble una vez, luego intentó asesinar al dueño de casa y con una cuadrilla de personas de dudosa reputación quiere ingresar al inmueble del abogado. Es así, que el denunciante entró por la fuerza; empero, éste no quiere ni tiene la voluntad de retirar su catre y mesa, teniendo la pretensión de entrarse al domicilio de la misma manera indicando falsamente que su padre ya extinto le debe dinero porque era su apoderado, firmando memoriales por el difunto con el fin de apropiarse de la casa con otras personas inescrupulosas.
Refiere que el Fiscal debería entregarle su cuarto o pieza que fue invadida por el sujeto quien debe llevarse su catre y mesa que metió a la fuerza, además que quieren utilizar al Ministerio Público para cometer excesos y delitos de orden público; empero, esta institución no tiene competencia para posesionar en casa ajena a personas que no tienen la posesión y menos título de propiedad, peor aún cuando en el inmueble existe un propietario con título de propiedad que vive con su familia, por lo que considera que ello constituye allanamiento y estelionato. Al efecto, hace referencia a la SC 0953/2005-R de 16 de agosto, así como otras, manifestando que en este caso su persona agotó la vía ordinaria, lo que no tiene recurso ulterior, y pide se tenga presente que la actual estructura constitucional amplió la ratio de protección de derechos, incorporándose la protección no solamente de la libertad ambulatoria si no también del derecho a la vida en toda forma en que la misma pueda ser menoscabada.