Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1753/2013
Fecha: 21-Oct-2013
II.4.
II.4. Cursa Auto de 26 de mayo de 2007, por el cual el Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, trabó la relación procesal y abrió término probatorio, disponiendo que “…la presente resolución sea notificada en el domicilio procesal señalado en la demanda reconvencional, esto con el fin de evitar posibles incidentes” (sic) (fs. 119); además, notificación a Dolly Mery Cuéllar Mendoza, con dicha Resolución, mediante cédula colocada en el “tablero judicial” (sic) (fs. 120).