Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1871/2013
Fecha: 29-Oct-2013
III.1.
III.1. Para el análisis objetivo de la acción de amparo constitucional planteada por el representante del INRA, es ineludible exponer la comprensión que ésta jurisdicción constitucional ha establecido respecto del derecho al debido proceso en su elemento de obligatoria fundamentación de las resoluciones judiciales, pues ello proveerá de los cánones necesarios de análisis de la denuncia efectuada, y con ello procurará una decisión legítima y justa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- El debido proceso y la motivación de las resoluciones
- III.2.
- III.3.
- CONFIRMAR