Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0250/2013-RCA
Fecha: 07-Nov-2013
Fragmento 1
En revisión la Resolución 99/2013 de 26 de agosto, cursante de fs. 82 a 83, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Alfredo Leoncio Camacho Effen en representación legal de la Agencia Despachante de Aduanas “PIRÁMIDE” contra Ernesto Rufo Mariño Borquez, Director Ejecutivo a.i., Julio Vera de la Barra, Director Ejecutivo Regional a.i., ambos de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria de La Paz; y, Wilder Fernando Castro Requena, Administrador de Aduana Interior Oruro de la Aduana Nacional de Bolivia.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia “in limine”
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial.
- II.2. Análisis del caso en revisión
- b)
- g)