Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0269/2013-RCA
Fecha: 28-Nov-2013
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante estima vulnerados sus derechos a la vida, al trabajo, al mantenimiento y sustento de la familia, a la no discrimibación y a la estabilidad e inamovilidad laboral de las personas con capacidades diferentes y especiales, citando al efecto los arts. 15, 46, 62, 70.4, 71 y 72 de la Constitución Política del Estado (CPE); 1, 3, 4, 5, 8, 9, 10, 12, 16, 17, 19, 26, 27, 28 y siguientes de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo.
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia “in limine”
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre los derechos de las personas con discapacidad
- II.3. Análisis de la Resolución enviada en revisión
- II.3.1. En cuanto a los requisitos de contenido establecidos por el art. 33 del CPCo