Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0271/2013-RCA
Fecha: 28-Nov-2013
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 22/2013 de 4 de noviembre, cursante de fs. 46 a 48, pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituida en Tribunal de garantías.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- improcedencia
- Fragmento 4
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- Fragmento 6
- Cuando el accionante no haya reclamado previamente y de manera documentada a la autoridad accionada, el cumplimiento legal del deber omitido
- II.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR