AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2013-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2013-O

Fecha: 04-Nov-2013

a)

A través de informe escrito, el citado Juez, Oswaldo Aguilar Flores, señaló lo siguiente: a) En cumplimiento de la SCP 1422/2012, emitió una providencia, disponiendo su notificación a los sujetos procesales mediante orden instruida, para su cumplimiento; disposición que según lo demuestran los actuados procesales, fue cumplida; b) Respecto a la solicitud de ejecución y cumplimiento de la Sentencia formulada en el Despacho a su cargo, señala que como Juez de garantías no tiene conocimiento y tampoco cuenta con los medios legales para verificar sobre el cumplimiento o no de las disposiciones contenidas en la Sentencia Constitucional Plurinacional, habiéndose cumplido a notificar a las partes; y, c) La providencia de 19 de agosto de 2013, que respondió a la solicitud del accionante sobre la ejecución y cumplimiento, no mereció impugnación alguna, entendiéndose por ello, una tácita aceptación con lo dispuesto en ella.