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    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2013-O
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2013-O

    Fecha: 20-Nov-2013

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.2. Respuesta de la autoridad demandada
    • dispuso
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Procedimiento aplicable a las denuncias de incumplimiento de las sentencias constitucionales
    • El juez o tribunal de garantías, en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas, mediante auto expreso, rechazará la queja o la concederá, asumiendo en este último supuesto las medidas necesarias para el cumplimiento de estas resoluciones
    • la sala que emitió la sentencia con calidad de cosa juzgada, resolverá mediante Auto Constitucional la queja interpuesta por demora o incumplimiento a resolución constitucional con calidad de cosa juzgada, debiendo confirmar total o parcialmente o en su caso revocar, la decisión del juez o tribunal de garantías
    • III.2.  Sobre el carácter obligatorio y los efectos vinculantes de las sentencias constitucionales
    • la parte dispositiva de toda decisión constitucional con calidad de cosa juzgada es de cumplimiento obligatorio para las partes procesales
    • III.3.  Asignaciones familiares por contingencia de maternidad: subsidios prenatal, natalidad y lactancia
    • III.4.  Alcance de la SCP 0251/2013-L
    • a)
    • 1° REVOCAR
    • III.5.  Análisis de la denuncia planteada
    • 2º DISPONER

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