AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2013-O
Fecha: 20-Nov-2013
I.1.1. Hechos que la motivan
En observancia de la SCP 0251/2013-L, se notificó a la autoridad demandada para que en el plazo de ocho días, proceda al pago de salarios devengados y beneficios sociales hasta el año de edad del menor AA; luego de evasivas y excusas, pudo contactarse con el Alcalde demandado que le indicó desconocer el monto que debía pagar, por lo que acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo de Chuquisaca dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, para realizar el citado cálculo.
Solicitan se emita nueva conminatoria a la autoridad demandada a efecto del cumplimiento de la SCP 0251/2013-L, en el entendido de que corresponde al Juez de garantías, hacer cumplir el decisorio y adoptar las medidas necesarias, pudiendo requerir la intervención de la fuerza pública y la imposición de multas progresivas ante la autoridad renuente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Respuesta de la autoridad demandada
- dispuso
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Procedimiento aplicable a las denuncias de incumplimiento de las sentencias constitucionales
- El juez o tribunal de garantías, en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas, mediante auto expreso, rechazará la queja o la concederá, asumiendo en este último supuesto las medidas necesarias para el cumplimiento de estas resoluciones
- la sala que emitió la sentencia con calidad de cosa juzgada, resolverá mediante Auto Constitucional la queja interpuesta por demora o incumplimiento a resolución constitucional con calidad de cosa juzgada, debiendo confirmar total o parcialmente o en su caso revocar, la decisión del juez o tribunal de garantías
- III.2. Sobre el carácter obligatorio y los efectos vinculantes de las sentencias constitucionales
- la parte dispositiva de toda decisión constitucional con calidad de cosa juzgada es de cumplimiento obligatorio para las partes procesales
- III.3. Asignaciones familiares por contingencia de maternidad: subsidios prenatal, natalidad y lactancia
- III.4. Alcance de la SCP 0251/2013-L
- a)
- 1° REVOCAR
- III.5. Análisis de la denuncia planteada
- 2º DISPONER