SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1241/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1241/2013-L

Fecha: 12-Nov-2013

Fragmento 13

En ese contexto, se establece que las supuestas vulneraciones denunciadas con relación a la falta de motivación en el fallo dictado dentro del juicio de responsabilidades antes referido, no pueden considerarse como causa directa de la privación de libertad del accionante, toda vez que Luis Alberto Valle Ureña, fue privado de libertad inicialmente de forma preventiva, para posteriormente ser procesado y sentenciado dentro del juicio antes referido, por lo que corresponde indicar que conforme al entendimiento glosado en los Fundamentos Jurídicos III.2 y III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, en caso de denunciarse vulneraciones al debido proceso en acciones de libertad, éstas deben estar directamente vinculadas al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa directa para su restricción o supresión, pues todos los demás supuestos, tienen que ser denunciados a través de la acción de amparo constitucional; en el caso de autos, al evidenciarse que los hechos denunciados no operaron como causa directa para la restricción del derecho a la libertad del ahora accionante, corresponde a este Tribunal, denegar la tutela solicitada, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.