SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1916/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1916/2013

Fecha: 04-Nov-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere, que en el Municipio de Bulo Bulo, del departamento de Cochabamba, el 22 de junio de 2013, a horas 03:00 acompañó a Jacinta Arancibia Montero en una "averiguación y reconocimiento" (sic), del lugar donde habría sufrido ésta una agresión física, a consecuencia de que supuestamente habría pagado dólares falsos por una compra que habría realizado a la señora Sonia Montero; señalando el hoy accionante que el "acompañamiento" que realizó, fue a raíz de haberse mencionado su nombre durante la agresión física de la primera.

Indica que, después de dicho acto, se dirigió hacia el mencionado municipio, momento en el que fue interceptado por policías, quienes lo condujeron a dependencias policiales de dicha localidad, procediendo a arrestarlo de manera arbitraria y abusiva a horas 4:00; por el funcionario Policial Julio cesar Mamani Vargas; posteriormente, a horas 8:00 lo traslado a la provincia de Entre Ríos del mismo departamento, luego de dos horas, nuevamente fue llevado a Bulo Bulo, de donde finalmente fue conducido a la FELCC de Ivirgarzama, de dicho departamento, donde se apersonó su abogado con el fin de pretender su libertad, empero, los policías asignados, hicieron caso omiso a dicha solicitud.