SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1918/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1918/2013

Fecha: 04-Nov-2013

2) Sentencias que declaran la inconstitucionalidad de la norma

Conforme ha quedado señalado, el art. 133 de la CPE, de manera expresa sostiene que las sentencias que declaren la inconstitucionalidad de la norma, la hacen inaplicable y surte efectos respecto a todos. En coherencia con dicha norma constitucional, el art. 78.II.2 del CPCo, expresamente señala que la inconstitucionalidad de una norma tiene valor de cosa juzgada y tienen efecto abrogatorio sobre ella (si la inconstitucionalidad es total) o derogatorio de los artículos o parte de ellos (si la inconstitucionalidad es parcial).

En ese sentido, la SCP 0025/2013 de 4 de enero, señaló que: cuando se activa a través de una acción de inconstitucionalidad de naturaleza abstracta o concreta este ámbito de control de constitucionalidad, y como consecuencia de ello se declara la inconstitucionalidad total o parcial de la norma impugnada, la sentencia constitucional emitida, tendrá un efecto abrogatorio o derogatorio, según la inconstitucionalidad sea total o parcial.