SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1952/2013
Fecha: 04-Nov-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 25 de junio de 2013, su representado fue remitido al penal de San Pedro, en ejecución de un mandamiento de apremio, librado por la Jueza Primero de Instrucción de Familia, dentro del proceso sobre asistencia familiar seguido en su contra a instancias de Candy Villanueva, no obstante de encontrarse en vacación judicial colectiva y sin considerar que la Circular 027/2013 emitida por la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, suspendió la ejecución de mandamientos a partir del 17 de junio al 18 de julio del 2013, en las áreas civil, familiar, de la niñez y adolescencia, coactivos y otras, la que debió cumplirse en el presente caso, vulnerando de esta manera sus derecho a la libertad, ante la imposibilidad de poder apersonarse ante el Juzgado que emitió el referido mandamiento en virtud a que éste se encuentra cerrado, menos aún hacer efectivo algún pago de asistencia familiar, si ésta hubiere, circunstancia por la cual dirige la presente demanda contra el Gobernador de San Pedro, quien debió haberse negado a recibir a su representado, por encontrarse suspendida la ejecución de mandamiento alguno.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.En cuanto al cumplimiento de las circulares emitidas por los Tribunales Departamentales de Justicia durante las vacaciones judiciales
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11