SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1952/2013
Fecha: 04-Nov-2013
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
El demandado, Carlos Coritza Zúñiga, Gobernador del Penal de San Pedro, en audiencia manifestó que desconocía acerca de la Circular emitida por el Tribunal Departamental de Justicia; es decir, que estaba suspendida la ejecución de mandamientos y una vez que conoció de su existencia al retornar de otra acción de libertad que plantearon también en su contra y considerando que su autoridad no puede tomar ninguna determinación, al día siguiente remitió una nota al Juzgado Cuarto de Ejecución Penal de Turno, haciéndole conocer el apremio de Álvaro Quisbert Velásquez, solicitando que en forma inmediata se pronuncie al respecto y en su caso disponga la libertad del mismo, cuya respuesta aún no ha llegado, reiterando que su persona no puede disponer la libertad sin un documento respaldatorio. Es así, que posteriormente se han presentado nuevos casos de apremio por pensiones, que los rechazó porque ya tiene conocimiento de la referida circular, solicitando tener presente la situación expuesta, agregando que el mandamiento de apremio ejecutado “está mal” (sic), pues consigna el nombre de Álvaro Quisbert Crespo, siendo lo correcto Álvaro Quisbert Velásquez.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.En cuanto al cumplimiento de las circulares emitidas por los Tribunales Departamentales de Justicia durante las vacaciones judiciales
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11