SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1952/2013
Fecha: 04-Nov-2013
III.3. Análisis del caso concreto
De los antecedentes procesales, se constata que contra el accionante se sigue un proceso sobre asistencia familiar, emergente del cual la Jueza Primera de Instrucción de Familia del departamento de La Paz, emitió el mandamiento de apremio de 15 de agosto de 2012, que fue ejecutado el 25 de junio de 2013; cuando el Órgano Judicial del departamento de La Paz, se encontraba gozando de vacación anual fijada del 24 de junio al 18 de julio de ese año. Por ello, la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió la Circular 27/2013, disponiendo en el punto 3, que a partir del 17 de junio al 18 de julio de igual año, queda suspendida la ejecución de todos los mandamientos expedidos por los Juzgados de las áreas civil, familiar, de la niñez y adolescencia, coactivos, trabajo y seguridad social y de la estructura penal liquidadora, excepto los de condena y de los declarados rebeldes.
No obstante lo señalado, es imprescindible referirse a la Resolución revisada, emitida por el Tribunal de garantías, que denegó la tutela argumentando el desconocimiento de la Circular 27/2013 de 28 de mayo, por parte del Gobernador del Panal de San Pedro; y sin embargo, simultáneamente concede la acción de libertad, disponiendo la inmediata libertad del accionante, con el cumplimiento de las formalidades establecidas para el efecto, librando el correspondiente mandamiento de libertad, lo que evidencia que en los hechos está concediendo la tutela solicitada por el accionante, lo que no es permisible cuando se deniega una acción constitucional, aspecto que en lo sucesivo debe ser observado por el Tribunal de garantías, a tiempo de dictar su resolución.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.En cuanto al cumplimiento de las circulares emitidas por los Tribunales Departamentales de Justicia durante las vacaciones judiciales
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11