SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1955/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1955/2013

Fecha: 04-Nov-2013

transcurrieron más de dos meses

         De dichos datos, se evidencia que, por una parte, existió un demora excesiva en la emisión de la Resolución que ratifica parcialmente -con relación a los accionantes- el requerimiento de sobreseimiento; pues desde la Resolución pronunciada por el Fiscal de Materia hasta la emitida por el Fiscal Departamental, transcurrieron más de dos meses; lo que indudablemente repercute en el derecho a la libertad de los accionantes; pues de conformidad a la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.2. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, una vez que el fiscal inferior formula la resolución de sobreseimiento al juez, debe ser remitida dentro del plazo máximo de veinticuatro horas al Fiscal Departamental para su revisión, quien debe emitir su resolución indefectiblemente dentro de los cinco días, y si dentro de ese plazo el Fiscal mencionado no se pronuncia, el juez a cargo de proceso está facultado para disponer de oficio o a petición de parte la libertad inmediata del imputado sobreseído; lo que no aconteció en el caso analizado, en el que, conforme se ha señalado, se restringió ilegalmente el derecho a la libertad de los accionantes, manteniéndolos detenidos no obstante de haber sido sobreseidos por el Fiscal de Materia el 5 de abril de 2013 y al no presentarse la Resolución del Fiscal Departamental dentro del plazo de cinco días, conforme sostiene el Código de Procedimiento Penal y la jurisprudencia constitucional.