SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1964/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1964/2013

Fecha: 04-Nov-2013

i)

Rosemary Coria Chambi, Presidenta a.i., Moisés Paredes Churilla, Román Loayza Chinche, Andrea Choque Calizaya y Javier Calizaya Chinche, Concejales del Gobierno Autónomo Municipal del “El Choro” del departamento de Oruro, a través de sus abogados, en audiencia informaron lo siguiente: i) El Concejo Municipal, al determinar la suspensión temporal de Jesús Chinche Apaza, enmarcó su actuación dentro las normas previstas por la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, cuando tuvo conocimiento de una acusación formal contra el accionante, sobre la presunta comisión del delito de falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado, al haber realizado un trámite judicial de rectificación de apellidos, quien incurrió en ilícitos, motivo por el cual fue acusado por el Ministerio Público, con la suspensión temporal en aplicación de los arts. 144 y 145 de la LMAD; ii) El accionante no tiene legitimación activa, al no estar precisada su identidad y utilizar dos nombres; iii) No existe legitimación pasiva, por cuanto la tercera interesada, María Isabel Vacaflor Santos, viene ejerciendo las funciones de Alcaldesa a.i., quien no fue notificada con la presente acción de amparo constitucional para que asuma defensa como miembro del Concejo Municipal; y, iv) La SCP 2055/2012, no es aplicable al caso por el carácter retroactivo que señala el art. 123 de la CPE, solicitando se deniegue la tutela impetrada, sea con la imposición de costas.