SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2009/2013
Fecha: 13-Nov-2013
a)
Solicita se declare “procedente” la acción y en consecuencia se conceda la tutela demandada, disponiendo: a) Que la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal de El Alto conmine al fiscal a respetar los plazos procesales y se les conduzca a la audiencia para ser oídos; y, b) “Se tomen las acciones pertinentes para que esta mala autoridad no quede impune en su negligencia” (sic).
El Tribunal de garantías, ante la solicitud de la defensa, señaló: a) La solicitud de control jurisdiccional es del 15 de marzo de 2013 y se decretó el 18 del mismo mes y año, ese decreto que supuestamente vulneró sus derechos fundamentales, está firmado por Dina Larrea López, no así por la Jueza demandada, existiendo por lo tanto falta de legitimación pasiva; y b) Al presente existe una autoridad jurisdiccional que ejerce el control jurisdiccional; si la parte accionante considera que el Ministerio Público está cometiendo actos ilegales, deben acudir precisamente ante la mencionada autoridad jurisdiccional; en consecuencia, quedan firmes y subsistentes los fundamentos expresados por el Juez de garantías en su Resolución pronunciada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro“
- que tiene como objetivo principal restablecer el derecho fundamental a la libertad y a la vida, ésta última en los casos que se encuentre íntimamente ligada a aquella
- ahora también el derecho fundamental a la vida cuando está íntimamente ligada a aquéllos
- “1. Su vida está en peligro; 2. Está ilegalmente perseguida; 3. Está indebidamente procesada; 4. Está indebidamente privada de libertad personal”
- Fragmento 19
- no todas las lesiones al debido proceso pueden merecer protección a través de la acción de libertad, sino aquellas que tienen directa vinculación con la libertad personal por operar como causa de su restricción.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo