SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2034/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2034/2013

Fecha: 13-Nov-2013

1)

Los demandados por intermedio de su abogado en audiencia manifestaron que: 1) Se la nombró Alcaldesa interina del Gobierno Autónomo Municipal de Nueva Esperanza, cuando la titular fue suspendida; sin embargo, recién el 27 de noviembre de 2012, el Ministerio Público hizo la acusación formal contra la autoridad suspendida, dando lugar a un error por parte de los concejales que no conocen el procedimiento; 2) La RM 37/2012 de 28 de diciembre, subsano ese error, dejando sin efecto la RM 08/2012 de 28 de mayo, por la cual se la designó Alcaldesa interina; y, 3) Corresponde en la vía administrativa a través de la comisión de Ética, que la accionante puede presentar la documentación que crea conveniente, no siendo la acción de amparo constitucional subsidiaria de una acción administrativa.

1º  Que, el Concejo Municipal del Municipio de Nueva Esperanza, emita nueva Resolución Municipal en la primera sesión a realizarse después de la notificación de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, debidamente fundamentada y motivada y en base a ella, determine si correspondiere su reincorporación o destitución, siempre que no se hubiera emitido una nueva Resolución Municipal referente al caso como efecto de lo dispuesto por el Tribunal de garantías.